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Licitación

Una licitación pública es el procedimiento administrativo que permite a las administraciones públicas y otros poderes obligados por la ley adjudicar contratos públicos garantizando la igualdad de oportunidades y concurrencia de los operadores económicos y la obtención de la oferta más adecuada a las necesidades de la administración licitadora.

¿Qué es una licitación pública?

Puede entenderse como el procedimiento administrativo especial requerido para la preparación, adjudicación y ejecución de los contratos del Sector Público. Las licitaciones se conocen también popularmente como concursos públicos. Algunos procedimientos como el contrato menor no exigen una licitación.

Pero, ¿qué es un contrato del Sector Público? Según el art. 2 de la LCSP aquellos que sean onerosos (es decir, en los que el contratista obtenga algún tipo de beneficio económico, directa o indirectamente), cualquiera que sea su naturaleza jurídica, siempre y cuando lo celebren las entidades enumeradas en el art. 3 de la LCSP.

¿Quién tiene que hacer una licitación?

La LCSP clasifica a las entidades del art. 3 en tres grupos: 

Estos grupos no son estancos, sino que se articulan en un sistema de 3 círculos concéntricos (como apuntó la Dra. Silvia Díez). La inclusión de la entidad en uno o varias de estas categorías determinará el grado de sometimiento a las normas de la contratación pública. 

¿Para qué sirven las licitaciones públicas?

A priori podríamos pensar que las licitaciones públicas se limitan a satisfacer las necesidades del Sector Público a través de la adquisición de bienes y servicios y realización de obras, pero su finalidad va mucho más allá. 

La contratación pública es una herramienta para alcanzar los objetivos y fines institucionales de las entidades del Sector Público y de la sociedad en su conjunto. Es el medio a través del que se implementan una gran cantidad de políticas públicas que deben materializar el interés común. 

¿Cómo buscar una licitación pública? 

Hemos creado una guía que explica diversas formas de buscar licitaciones públicas y datos sobre contratación pública.

¿Qué tipos de contratos contempla la Ley de Contratos del Sector Público?

Existen distintos factores para clasificar un contrato público en la Ley, que afectará a las condiciones para su creación, aprobación y ejecución. El proceso de licitación pública en España está marcado por:  

Según el tipo contractual

Según el régimen jurídico aplicable

Derecho Comunitario - Contratos sujetos a regulación armonizada

  • Contratos SARA (Sujetos a regulación armonizada, art. 23 LCSP)
  • Contratos NO SARA (No sujetos a regulación armonizada)

Derecho administrativo o privado

Contratos administrativos. Son aquellos celebrados por las Administraciones Públicas (art. 25 LCSP). Se caracterizan porque en su preparación, adjudicación y efectos, modificación y extinción rige la LCSP y sus disposiciones de desarrollo.  Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto, por las normas de derecho privado. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas (Art. 27 LCSP), si bien la creación de los recursos especiales en materia de contratación ha establecido un mecanismo específico para esta manera en determinados casos.  Es excluye una serie de objetos, en función del CPV concreto, que, pese a ser contratos celebrados por AAPP no tendrán consideración de contrato administrativo, sino privado. También distingue contratos administrativos especiales que tienen esta naturaleza declarada por Ley.

Contratos privados Regulados en el art. 26 de la LCSP serán aquellos:

  • Celebrados por una AAPP que no tenga consideración de administrativo según lo dispuesto en el art. 25 LCSP.
  • Celebrados por poderes adjudicadores que no reúnen la condición de Administración Pública (PANAPs).
  • Celebrados por entidades del Sector Público que no reúnan la condición de poder adjudicador

El régimen jurídico aplicable a estos contratos dependerá de la fase procedimental a que nos refiramos y de la tipología de entidad contratante:

Régimen jurídico de los contratos privados

Contrato privado de AAPP

  • Fase de preparación y adjudicación:LCSP y normas de desarrollo (Libros I y II). Supletoriamente Derecho administrativo, o en su defecto normas de derecho privado. 
  • Efectos, modificación y extinción: Derecho privado excepto para su modificación, condiciones especiales de ejecución, cesión, subcontratación y extinción que rige la LCSP (ss del art. 25.1.a). 1º y 2º)

Contrato privado de PANAPS

  • Fase de preparación y adjudicación: LCSP y normas de desarrollo (Libro III)
  • Fase de efectos, modificación y extinción: Derecho privado  excepto para las condiciones especiales de ejecución, art 319, modificaciones, cesión, racionalización técnica de la contratación, subcontratación y extinción por imposibilidad de modificación que rige la LCSP

Contrato privado para entidad del Sector Público 

  • Fase de preparación y adjudicación: LCSP y normas de desarrollo (arts. 321 y 322)
  • Fase de efectos, modificación y extinción: Derecho privado  

Negocios excluídos de la ley de contratos del sector público

La LCSP contempla también una serie de negocios jurídicos excluidos de su ámbito objetivo, los cuales podemos consultar en su Sección 2ª:

Más información sobre licitaciones públicas

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May 7, 2022
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