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ROLECE, qué es y cómo inscribirse

¿Qué es el ROLECE y cómo inscribirse en él?

El ROLECE es el registro de licitadores estatal del sector público.

Los registros de licitadores son instrumentos destinados a recoger la información sobre operadores económicos interesados en licitar en procedimientos de compra pública. Existen diferentes registros dependientes de distintas entidades de gobierno que permiten participar en las licitaciones o, en los procedimientos que sea voluntaria su inscripción, reducir la carga burocrática de recopilación y presentación de documentación de la empresa frente a los contratantes.

Aunque hay varios registros de licitadores autonómicos como el de Registro licitadores Euskadi o el Registro electrónico de empresas licitadoras Catalunya (RELI) el de mayor relevancia por alcance y cobertura es el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público). 

El ROLECE acoge la inscripción de las circunstancias y datos relevantes que acreditan las condiciones de aptitud de los candidatos para optar a licitaciones de todos los órganos de contratación del sector público. 

Esta acreditación es válida frente a las Administraciones Públicas y demás organismos y entidades del sector público (art. 337 de la Ley de Contratos del Sector Público) y permite 

Entre las condiciones que permite acreditar se encuentran: 

  • las facultades de sus representantes y apoderados, 
  • su personalidad y capacidad de obrar 
  • solvencia económica y financiera, 
  • habilitación profesional o empresarial y clasificación,
  • así como la concurrencia o no de las prohibiciones para contratar que deban constar en el mismo.

¿Cómo inscribirse en el ROLECE?

En el ROLECE se pueden inscribir:

  • Personas jurídicas (Sociedades Mercantiles, Asociaciones, Fundaciones, Sociedades Civiles, Fundaciones, Sociedades Cooperativas, etc.); 
  • Personas físicas (empresario individual o profesional) que lo solicite y acredite su personalidad y capacidad de obrar.

Las empresas o empresarios que cuenten con clasificación como contratistas de obras o de servicios del Estado son inscritos de oficio en todo caso (art. 338.1 LCSP).

También se inscriben de oficio las prohibiciones de contratar con la Administración, en los casos legalmente previstos (art. 338 apartados 2, 3 y 4 LCSP).

Solicitud de inscripción en el ROLECE

Tanto para el alta inicial como para la modificación o alta de nuevos datos, será a través de la página web del ROLECE. Deberá cursarse solicitud acreditando la identidad del solicitante mediante certificado electrónico de persona física emitido o con DNI electrónico.

Aportación documentación acreditativa

Una lista no exhaustiva:

  • Capacidad de obrar: La escritura de constitución y de modificación que reflejen de modo actualizado las circunstancias cuya inscripción solicitan. También habrá de incluirse la acreditación de su inscripción en el Registro Mercantil (o en el que proceda, si no es una sociedad mercantil española).
  • Poderes y representación: La escritura de otorgamiento de poderes y la acreditación de su inscripción en el Registro Mercantil (o en el que proceda). 
  • Cuentas anuales: Documentación acreditativa (documento físico o electrónico) de las cuentas y el justificante de su presentación y depósito en el Registro Mercantil.

Certificado de inscripción en el ROLECE

Para visualizar y descargar el correspondiente Certificado de inscripción de empresas habrá que acceder a la página web de ROLECE.

El Registro permite también la consulta directa por el personal de los Órganos de Contratación de los datos de una empresa que figuran inscritos en él. En este caso, se obtiene la información actualizada a la fecha en que se efectúa la consulta, pero la exigencia o no de presentación se indica en cada Pliego. 

En esta página del Gobierno de La Rioja puedes ver unas instrucciones claras de cómo seguir el proceso

¿Para qué sirve la inscripción en el ROLECE?

El ROLECE pretende agilizar la gestión de las licitaciones en dos sentidos. Por un lado facilita a las administraciones la consulta de datos de empresas que concurren a la licitación. Por el otro,  pretende facilitar la concurrencia a los operadores económicos interesados en participar en procedimientos de contratación pública en territorio español al agilizar la acreditación de requisitos mediante la emisión de un certificado electrónico. Abunda en la línea del Documento Europeo Unico de Contratación que (Declaración DEUC) que reduce la carga burocrática y normaliza el tratamiento de información de los contratos. 

La inscripción en el ROLECE exime a las empresas y empresarios de presentar en cada procedimiento de contratación al que concurran, la documentación acreditativa de su personalidad y capacidad de obrar, representación, clasificación y solvencia económica y financiera, siempre y cuando estos datos se mantengan actualizados. 

El certificado debe acompañarse de una declaración responsable en la que hacen constar que los datos que figuran en él no han sufrido modificación.

El ROLECE tiene carácter electrónico, y tanto las solicitudes de inscripción como la obtención de certificados se emiten de forma telemática. 

No supone ningún coste y es requisito imprescindible para poder concurrir a procedimientos abiertos simplificados (art. 159 LCSP).

¿Es obligatoria la inscripción en el ROLECE?

Con carácter general, la inscripción en ROLECE es voluntaria (art 342 LCSP).

Sólo hay un supuesto en que la inscripción en el ROLECE es obligatoria: para participar en los procedimientos abiertos simplificados y en los simplificados abreviados regulados en el artículo 159 de la LCSP. 

Sobre esta cuestión se ha pronunciado recientemente la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado en una Nota Informativa.

En dicha Nota subraya que, según la nueva redacción del art. 159.4 de la LCSP dada por la Disposición Final 29ª de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022,

la exigencia de inscripción en el ROLECE, cuando proceda, en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, se entiende también cumplida mediante la acreditación de haber presentado solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas. Esta acreditación se producirá mediante la aportación del acuse de recibo del correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación”. 

¿Qué vigencia tienen las inscripciones en el ROLECE?

La inscripción en el ROLECE tiene una vigencia indefinida, sin perjuicio de la obligación de las empresas y empresarios de mantener actualizados los datos inscritos.

Los sujetos inscritos están obligados a poner en conocimiento del Registro cualquier variación que se produzca en sus datos en él reflejados, así como la superveniencia de cualquier circunstancia que determine la concurrencia de una prohibición de contratar susceptible de inscripción en dichos registros (art. 343 LCSP)

Otra información

Artículos sobre el ROLECE

Información práctica

Manual sobre el ROLECE facilitado por la web del Gobierno de La Rioja

Normativa

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (ver artículos 8 a 20).
  • Orden EHA/1490/2010, de 28 de mayo por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

Más información: ¿Qué es el certificado ROLECE?

Apr 24, 2022
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